La legislación, que desde ahora ya es aplicable, tiene como fin la cobertura de medicamentos, insumos, estudios de diagnóstico, entre otros durante la internación de pacientes con diagnóstico de COVID-19 en hospitales del Ministerio de Salud, el Instituto de Previsión Social (IPS), Hospital Militar y Policial, el Hospital de Clínicas, además de los centros asistenciales del sector privado hasta donde hayan sido derivados.
La normativa establece que los recursos para el Fondo Nacional de Cobertura a pacientes hospitalizados con COVID-19 serán cubiertos a través del fondo creado por la Ley N° 6725/21 “Fondo Nacional UTI” y reasignaciones de recursos que sean efectuadas por el Ministerio de Hacienda.
Todos los que quieran acogerse a los beneficios de esta ley, deben presentar una nota en mesa de entrada de Secretaría General del Ministerio de Salud o en todo caso enviar un email a gastocero@mspbs.gov.py. Algún familiar o responsable del paciente internado debe hacer el pedido formal con el nombre, y cédula de identidad del paciente, datos del hospital, fecha y hora de ingreso, detalle de cobertura del seguro médico y reaseguro si corresponde.
También la constancia de internación con fecha y hora de ingreso emitida por el Hospital o Sanatorio, indicando si es UTI o sala común e información de contacto.