El nuevo decreto promulgado por el Ejecutivo elimina los espacios para fumadores en espacios cerrados, por lo que desde ahora solo se podrá fumar cigarrillos y vapeadores en espacios abiertos.
Se trata del decreto 4.624/20, que modifica el Artículo 3 de la Ley 5.538/15, que regula las actividades relacionadas al consumo de tabaco y establece medidas sanitarias de protección a la población.
Desde ahora, los sitios habilitados para fumar, vaporear, vapear o fumar electrónicamente, o mantener encendidos productos de tabaco, incluidos los productos calentados de tabaco, son solamente los lugares o zonas al aire libre donde no haya aglomeración o reunión de personas, ni constituyan zonas de paso para no fumadores de cualquiera de estos productos y sus derivados.
Las autoridades sanitarias celebran que con esta medida, Paraguay da un paso largamente retrasado en cuanto al uso de cigarrillos, teniendo en cuenta a que nuestro país era el último de Sudamérica que permitía fumar en ambientes cerrados.